Extracto
Tabla de Contenido
Página
Capítulo 1: Introducción General
Localización del Contexto
Información de Fondo
Capítulo 2: Definición de la Investigación
Informe sobre el Tema
Descripción del Problema
Capítulo 3: Dinámica de las Expectativas
Meta y Objetivos de la Investigación
Metodología
Capítulo 4: Resumen de los Resultados
Estrategias y Técnicas
Datos de Resultados
Capítulo 5: Análisis
Interpretación de los Resultados
Posibles Alternativas
Capítulo 6: Conclusión
Debate General
Sugerencias
Bibliografía
Apéndices
Agradecimiento
A Dios por encomendarme una labor de apostolado siguiendo el ejemplo de su hijo Jesús en favor de la igualdad de género en un mundo muchas veces difícil de comprender; pero único en su riqueza historia y particular riqueza intelectual; a todos los Doctores de Atlantic International University, Honolulu, Hawai; por su valiosa enseñanza y permanente orientación, durante mis estudios de Pos-Doctorado - PhD Administración Pública.
Resumen
La presente investigación tuvo como objetivo general el analizar la evolución de las estadísticas en casos de violencia de género en el periodo 2010 – 2014, en el contexto de las Políticas Públicas Implementadas en el Perú, la población estuvo conformada por casos de violencia de género registrados del 2010 al 2014, la muestra no probabilística consideró todos los casos, en los cuales se han empleado las variables: Políticas Públicas y Violencia de Género.
El método empleado en la investigación fue el hipotético-deductivo. Esta investigación utilizó para su propósito el diseño no experimental de nivel comparativo de corte longitudinal, que recogió la información en un período específico, que se desarrolló al aplicar el instrumento Ficha de Registro Estadísticos de casos de violencia de género por años, en sus dimensiones de física, psicológica, sexual y feminicidio; cuyos resultados se presentan gráfica y textualmente.
La investigación concluye que existe evidencia significativa para afirmar que: Las Políticas Públicas implementadas en el Perú no han contribuido a una disminución en las estadísticas en casos de violencia de género en el periodo 2010 – 2014; como se evidencia en la contrastación de la hipótesis en las dimensiones de violencia psicológica, física, sexual y feminicidio (con muerte), al presentar un p<0.05; siendo el único caso en que las diferencias representa estadísticamente una tendencia descendente, el feminicidio (casos que involucra muerte).
Palabras clave: Políticas Públicas, Violencia de Género.
Abstract
This research had the general objective of analyzing the evolution of statistics in cases of domestic violence in the period 2010 - 2014, in the context of public policies implemented in Peru, the population consisted of cases of domestic violence registered from 2010 to 2014, the non-probabilistic sample considered all cases in which the variables have been used: Public Policies and Gender Violence.
The method used in the research was the hypothetical-deductive. This research used for its intended purpose non-experimental design slitting comparative level, which collected information over a specific period, which was developed by applying the Listing of Statistical Registration instrument cases of domestic violence for years, in their dimensions physical, psychological, sexual and femicide; The results are presented graphically and textually.
The research concludes that there is significant evidence to say that: the public policies implemented in Peru have not contributed to a decrease in the statistics on cases of domestic violence in the period 2010 - 2014; as evidenced in the testing of the hypothesis on the dimensions of psychological, physical, sexual violence and femicide (with death), introducing p <0.05; It is the only case in which the differences statistically represents a downward trend, femicide (cases involving death).
Keywords: Public Policy, Gender Violence.
Capítulo 1 Introducción General
1.1. Localización y Contexto
La violencia de género o violencia contra la mujer se ha convertido en una preocupación a nivel mundial debido a que cada día el número de afectadas se incrementa. En este contexto de realidad expuesta, las naciones del mundo preocupadas por las cifras alarmantes que se registran, han implementado Políticas Públicas a fin de reducir las estadísticas de violencia registradas, sean estas de violencia sexual, psicológica, física o concretamente los casos de feminicidio.
A través de estas políticas internacionales se les brinda a las mujeres un reconocimiento de sus derechos como personas valiosas e importantes dentro la sociedad. Pero, ello muchas veces queda simplemente escrito, ya que aún persisten los abusos, discriminación, feminicidios, etc. que nos les permiten a las mujeres ejercer a plenitud cada uno sus derechos, siendo constantemente violentadas; en este orden de ideas, Jiménez y Böll Stiftung (2010); refieren lo siguiente:
Hace tres años tuvo lugar la primera audiencia sobre Feminicidios en México y en América Central “Ni una Muerta Más”, organizada por la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género y la Subcomisión de Derechos Humanos del Parlamento Europeo (PE) en Bruselas en abril 2006. Esta iniciativa dio origen a la pionera Resolución sobre los asesinatos de mujeres (feminicidios) en México y en América Central y el papel de la Unión Europea en la lucha contra este fenómeno. (p.4)
De lo refreído por los autores, se puede inferir, que ante este fenómeno social, llega un momento que lleva a la reflexión, a la necesidad de implementación de políticas públicas que se reflejen en iniciativas como la acontecida en México; en tal sentido es importante que los organismos internacionales apoyen las iniciativas locales que nacen de parte de las organizaciones de mujeres. La respuesta positiva de estos organismos debe estar en línea con la búsqueda de gobiernos eficientes y operantes, que eliminen los altos grados de corrupción y la burocracia, para la exigencia del cumplimiento de las obligaciones y compromisos de cooperación suscritos.
Sin embargo, los casos de violencia aún persisten. Es preciso reconocer que las autoridades de los diferentes países vienen haciendo intentos a través de diferentes políticas públicas, las cuales pretenden revertir esta dura problemática contra la mujer y darle el sitial que le corresponde dentro de la sociedad.
En el Perú, y en este orden de ideas es importante precisar que la violencia de género acarrea una serie de costos “ocultos”, más allá de los evidentes, al momento de ocurrido el hecho, existen una serie implicancias económicas que sumado al número de casos y, la magnitud, lugar y circunstancias, agrava aún más el problema; al respecto el Banco Mundial (1994, p. s/n), refiere como ejemplos de tales costos y consecuencias los siguientes:
Lesiones inmediatas como fracturas y hemorragias así como enfermedades físicas de larga duración (por ejemplo, enfermedades gastrointestinales, desórdenes del sistema nerviosos central, dolor crónico); enfermedades mentales como depresión, ansiedad, desórdenes de estrés post traumático, intento de suicidio; problemas sexuales y reproductivos como infecciones por transmisión sexual (incluyendo el VIH) y otras enfermedades crónicas; disfunciones sexuales; embarazos forzados o no deseados y abortos inseguros; riesgos en la salud materna y la salud fetal (especialmente en casos de abuso durante el embarazo) abuso de sustancias (incluyendo alcohol); habilidades deficientes para el funcionamiento social, aislamiento social y marginación, muerte de mujeres y de sus hijos (producto de negligencia, lesiones, riesgos asociados al embarazo, homicidio, suicidio y /o HIV y asociados al SIDA) pérdida de días laborales, baja productividad y bajos ingresos reducción o pérdida total de oportunidades educativas, laborales, sociales o de participación política; y desembolsos (a nivel individual, familiar y del presupuesto público) para sufragar servicios médicos, judiciales, sociales y de protección.
En este contexto, se puede inferir que esta violencia social, focalizada en el género, contribuye al no desarrollo de las sociedades tanto en lo social, económica y propiamente humano; ¿El por qué se da?, tal vez pueda ser explicada mejor por los psicólogos, puesto que se presentan casos en todo estrato social; sin embargo es un clamor de los ciudadanos que el Estado a través de las políticas implementadas, trate de mitigar o erradicarla propiamente, pero que tanto esta políticas públicas son tan eficientes o se reflejan en la evolución estadísticas de casos, será materia de la presente investigación.
En la presente investigación se pretende evaluar la evolución de las estadísticas en casos de violencia de género en el periodo 2010 – 2014 en el Perú, en el contexto de las Políticas Públicas Implementadas.
1.2. Información de Fondo
1.2.1. Bases teóricas Políticas Públicas en violencia de género o violencia contra la mujer
1.2.1.1. Tratados internacionales
Es importante recordar que los tratados internacionales de derechos humanos, en el caso peruano, tienen rango constitucional. Contienen directivas respecto de la violencia hacia a la mujer o relacionadas a la no discriminación y a la igualdad de oportunidades para las mujeres. Son de cumplimiento obligatorio y el Estado debe dar cuenta ante los organismos encargados del seguimiento y monitoreo. Los principales tratados que comprometen al Estado a enfrentar la violencia contra las mujeres son:
1) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Aprobado por el Perú mediante
2) Decreto Ley Nº 22128 el 28 de marzo de 1978.
3) Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Ratificada por el Perú el 28 de abril de 1978.
4) Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Ratificado el 28 de abril de 1978, Aprobada por Resolución Legislativa Nº 23432 del 4 de junio de 1982
5) Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979) y su Protocolo Facultativo, Aprobada por Resolución Legislativa Nº 27429 del 23 de febrero de 2001.
6) Convención sobre los Derechos del Niño (1989). Ratificada por el Perú el 4 de septiembre de 1990.
7) Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas Las Formas de Discriminación Racial (1965). Ratificado por Decreto Ley Nº 18969 de 22 de septiembre de 1971.
8) Convención Contra la Tortura y Otros Tratos Crueles Inhumanos y Degradantes (1984). Ratificado por el Perú 7 de julio de 1988.
9) Recomendación General Nº 19, del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, acerca de la Violencia contra la Mujer (1992).
10) Convenio 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas, ratificado por el gobierno en el Perú en 1993 mediante la Resolución Legislativa Nº 26253.
11) Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Ratificada el 2 de abril de 1996 (Convención de Belem Do Pará – 1994).
12) Estatuto de Roma que crea la Corte Penal Internacional (1998).
13) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional” y su Protocolo Adicional “Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la Trata de Personas especialmente de mujeres y niños” (Protocolo de Palermo).
1.2.1.2. Marco normativo nacional
1) Constitución Política del Perú. Particularmente en los artículos 2.1º, que consagra el derecho a la vida, identidad, integridad moral, psíquica y física y al libre desarrollo y bienestar; el 2.2º que hace referencia a la igualdad; el 2.20º a ser atendido por la autoridad competente; el 2.24.b, que señala libertad y seguridad personales y el artículo 2.24.h, que nadie puede ser víctima de violencia moral, psíquica o física, ni sometido a tortura o a tratos crueles inhumanos o humillantes. Asimismo, cabe considerar el artículo 149, según el cual las comunidades campesinas y nativas pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona.
2) Ley Nº 28983. Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres (16.03.2007). Establece las garantías para el ejercicio de derechos y acceso a oportunidades sin discriminación, entre ellos el acceso a la justicia.
3) Ley 26842. Ley General de Salud (27.07.97). Establece el derecho a la recuperación, rehabilitación de la salud física y mental, así como del consentimiento informado, clave para prevenir la violencia hacia las mujeres desde la prestación de servicios y para que ellas puedan tomar decisiones libres.
4) D.S. 006-97- JUS. Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26260 y su reglamento aprobado mediante D.S. Nº 002 – 98 – JUS, Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar (25/02/98). Señala las políticas orientadas directamente a la erradicación de la violencia familiar; establece el proceso de denuncia, investigación y sanción frente a casos de violencia familiar.
5) Código Penal de 1991 y modificatorias. Incorpora figuras que criminalizan distintas modalidades de violencia familiar y sexual contra las mujeres.
6) Ley Nº 27942. Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual (26.02.2003). Y su Reglamento el D.S. Nº 010 – 2003 – MIMDES. Sanciona el hostigamiento sexual producido en el marco de las relaciones de autoridad o dependencia.
7) Ley Nº 28950. Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico de Migrantes (16.01.2007) y su Reglamento el D.S. Nº 007-2008-IN, que asigna tareas sectoriales.
8) Ley Nº 29990. Modificación código penal – faltas
9) Ley Nº 29819 - Modificación del Artículo 107 e incorporación del Feminicidio en el Código Penal
10) Ley Nº 29430. Modificación de la ley 27942. Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual
11) Ley Nº 29282 Modifica el TUO de la Ley Violencia Familiar y el Código Penal
12) Ley Nº 28983 - Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres
13) Ley Nº 28950 - Ley Contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes
14) Ley Nº 28251 - Ley que modifica los artículos sobre Violación Sexual
1.2.1.3. Marco nacional, para la implementación de las políticas públicas a nivel nacional
1) Acuerdo Nacional. Suscrito el 22 de julio de 2002. Incorpora el abordaje de la violencia hacia la mujer en la Sétima Política de Estado: Erradicación de la violencia y fortalecimiento del civismo y de la seguridad ciudadana, Décima Política de Estado: Promoción de la igualdad de oportunidades sin discriminación, Décimo Sexta Política de Estado: Fortalecimiento de la familia, protección y promoción de la niñez, la adolescencia y la juventud, Vigésimo Octava Política de Estado: Plena Vigencia de la Constitución y de los Derechos Humanos y Acceso a la justicia e Independencia Judicial.
2) Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización (20/07/2002). En su artículo 4 inciso c) se señala que como proceso irreversible, la descentralización debe garantizar en el largo plazo, un país espacialmente mejor organizado, demográficamente mejor distribuido, económica y socialmente más justo y equitativo, ambientalmente sostenible, así como políticamente institucionalizado.
3) Ley 27867. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (18/11/2002), señala funciones especificas a los gobiernos regionales, en especial, en el artículo 47, funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación y el artículo 60º funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades.
4) Ley Nº 27972. Ley Orgánica de Municipalidades (27/05/2003). Señala en el artículo 73º, que es materia de competencia municipal, la implementación de servicios públicos locales y el desarrollo de programas sociales, defensa y promoción de derechos ciudadanos.
5) D.S. 027-2007-PCM Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional (25/03/2007) Impulsar en la sociedad, en sus acciones y comunicaciones, la adopción de valores, prácticas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminación de las mujeres y la erradicación de la violencia familiar y sexual.
1.2.1.4. Planes nacionales
1) Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006–2010.[1] Propone un conjunto de estrategias con el fin de lograr que las mujeres accedan a la igualdad de oportunidades. En este Plan, la violencia hacia las mujeres es reconocida como obstáculo importante para el desarrollo y plantea su reducción a través de la mejora de la prevención y la puesta en marcha de sistemas de atención en el marco de una cultura de paz y equidad de género (Resultado Nº 9). Para ello plantea la introducción de mensajes positivos sobre relaciones equitativas entre mujeres y varones y la reducción de la emisión de imágenes y contenidos sexistas y discriminatorios (Resultado Nº 6). Propone también el fomento de valores, actitudes y relaciones que promueven la equidad de género entre varones y mujeres (Resultado Nº 8), la introducción de valores relacionados al respeto y a la equidad de género en todos los niveles del sistema educativo (Resultado Nº 7) y señala la obligación de los organismos públicos nacionales, regionales y locales, de formular, gestionar y evaluar políticas públicas con equidad de género (Resultado Nº 2).
2) Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia (PNAIA) 2002 – 2010[2]. Tiene como finalidad, establecer un conjunto de acciones orientadas a asegurar una vida sana para niñas y niños, ofrecer una educación básica de calidad, crear espacios de participación e instituir un sistema de garantías. Incorpora en el resultado Nº 14, la prevención y disminución de la violencia adolescente, y señala que por lo menos, el 60% de los y las adolescentes, de zonas de riesgo, accederán a programas de buen uso del tiempo libre, se habrá reducido el número de adolescentes infractores, el desarrollo de capacidades de los establecimientos públicos para atender los casos de violencia y el desarrollo de actividades educativas que promuevan valores democráticos (igualdad y libertad). Establece asimismo, la consolidación de un ordenamiento jurídico y del sistema de administración de justicia (Resultado 17), que de respuesta a la problemática de violencia contra los niños y niñas y adolescentes, incluyendo el abordaje de explotación sexual infantil (Resultado 21). Así mismo, dentro de los alcances de lograr una maternidad saludable, plantea la atención oportuna del 100% de los casos de violencia contra la mujer gestante que han sido identificados como tales.
3) Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2006-2010[3]. Las diferencias de género en el envejecimiento se evidencian en diferentes aspectos. Así las mujeres viven más tiempo que los hombres pero con menor calidad de vida. Las mujeres registran mayores tasas de discapacidad en edades más avanzadas, como resultado de cargas acumuladas a lo largo del ciclo de vida y de los roles de género desempeñados. El estado de salud de las mujeres mayores se resiente debido a falta de acceso a los servicios de salud, de educación y por la deficiente nutrición de los años anteriores. El Plan propone como objetivo de la Política de envejecimiento saludable la mejora del bienestar físico, psíquico y social de la persona adulta mayor a través del incremento en la cobertura y calidad en los servicios socio sanitarios, la garantía de una asistencia alimentaria y nutricional, y la generación de oportunidades para una vida armónica dentro de su familia y su comunidad. Asimismo, señala entre las políticas de educación, conciencia y cultura sobre el envejecimiento y la vejez, la promoción de la igualdad de oportunidades y combatir la discriminación hacia las personas adultas mayores (medida 39).
4) Plan Nacional de Apoyo a la Familia PNAF 2004-2011[4], ha incorporado dentro de sus estrategias, difundir el grave daño que causa la violencia familiar y sexual, incluyendo el incesto.
5) Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009-2018[5] orientado a mejorar la calidad de vida de la población con discapacidad por medio de la prevención, atención preferente, adopción de acciones afirmativas y el fortalecimiento y ampliación de servicios existentes. Entre esas acciones debe considerarse medidas para prevenir la violencia contra las personas con discapacidad, especialmente las mujeres.
Es importante indicar que la violencia contra las mujeres, es considerada como un fenómeno social, que se presenta en todos los estratos, por tanto se le puede focalizar en distintas regiones. Por idiosincrasia o desconocimiento muchas veces pasa desapercibida, no considerándose su real dimensión y consecuencias. Igualmente comprender la violencia hacia las mujeres conlleva a analizar las diferentes relaciones en hombres y mujeres; considerando que actualmente existe igualdad de derechos entre ambos, y más aun, entender que la sociedad protege a la mujer del abuso por su condición de desventaja física. Es necesario entonces analizar el conjunto de creencias, normas y prácticas sociales que explicarían este fanémeno social a fin de erradicarlo.
1.2.2. Bases teóricas de la segunda variable: violencia de género
Al respecto de conceptualizar el término Género la Red de Defensorías de Mujeres de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (2010), refiere que:
Género: Características culturales que establecen las conductas consideradas propias de lo femenino y lo masculino, y de las relaciones entre ambos; relación que está caracterizada por la subordinación de un género sobre otro, por la supremacía de lo masculino sobre lo femenino (p.3).
En cuanto al término violencia de género, las Naciones Unidas definen la violencia contra la mujer como:
Todo acto de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada (p. s/n).
Igualmente precisa que:
La violencia de pareja se refiere al comportamiento de la pareja o ex pareja que causa daño físico, sexual o psicológico, incluidas la agresión física, la coacción sexual, el maltrato psicológico y las conductas de control.
La violencia sexual es cualquier acto sexual, la tentativa de consumar un acto sexual u otro acto dirigido contra la sexualidad de una persona mediante coacción por otra persona, independientemente de su relación con la víctima, en cualquier ámbito. Comprende la violación, que se define como la penetración, mediante coerción física o de otra índole, de la vagina o el ano con el pene, otra parte del cuerpo o un objeto (p. s/n).
1.2.2.1. Tipos de violencia
Violencia a la pareja: Al respecto OMS (2013), refiere que “La violencia de pareja se refiere al comportamiento de la pareja o ex pareja que causa daño físico, sexual o psicológico, incluidas la agresión física, la coacción sexual, el maltrato psicológico y las conductas de control. (p.1).
La violencia sexual: Igualmente la OMS (2013), refiere:
Es cualquier acto sexual, la tentativa de consumar un acto sexual u otro acto dirigido contra la sexualidad de una persona mediante coacción por otra persona, independientemente de su relación con la víctima, en cualquier ámbito. Comprende la violación, que se define como la penetración, mediante coerción física o de otra índole, de la vagina o el ano con el pene, otra parte del cuerpo o un objeto (p.1)
1.2.2.2. Factores de riego
La OMS (2013), respecto a los principales factores de riesgo, indica los siguientes:
Los factores de riesgo de violencia de pareja y violencia sexual son de carácter individual, familiar, comunitario y social. Algunos se asocian a la comisión de actos de violencia, otros a su padecimiento, y otros a ambos. Entre los factores de riesgo de ambas, violencia de pareja y violencia sexual, se encuentran los siguientes:
Un bajo nivel de instrucción (autores de violencia sexual y víctimas de violencia sexual); La exposición al maltrato infantil (autores y víctimas); La experiencia de violencia familiar (autores y víctimas); El trastorno de personalidad antisocial (autores); El uso nocivo del alcohol (autores y víctimas); El hecho de tener muchas parejas o de inspirar sospechas de infidelidad en la pareja (autores); Las actitudes de aceptación de la violencia (autores y víctimas).
Entre los factores asociados específicamente a la violencia de pareja cabe citar: Los antecedentes de violencia (autores y víctimas); La discordia e insatisfacción marital (autores y víctimas). Las dificultades de comunicación entre los miembros de la pareja. Y entre los factores asociados específicamente a la violencia sexual destacan: La creencia en el honor de la familia y la pureza sexual; Las ideologías que consagran los privilegios sexuales del hombre, y La levedad de las sanciones legales contra los actos de violencia sexual. La desigualdad de la mujer con respecto al hombre y el uso normativo de la violencia para resolver los conflictos están estrechamente asociados tanto a la violencia de pareja como a la violencia sexual ejercida por cualquier persona (p.1).
1.2.2.3. Dimensiones de la violencia de género o violencia contra la mujer.
Para la presente investigación se consideran las siguientes dimensiones
Dimensiones de la violencia de género mayores de 18 años
Para la presente investigación se consideran las siguientes dimensiones
Dimensión 1: Violencia física
Larrain (1994) afirma que: “La violencia física es un acto llevado a cabo con la intención de causar daño físico a otra persona. Este daño puede ir desde la cachetada o daños más graves con resultados que pueden llegar hasta la muerte” (p.24)
Ruíz (1994) sobre la violencia física refiere : “ Este tipo de violencia comprende cualquier acto, no accidental, que provoque o pueda producir daño en el cuerpo de la mujer, tales como: bofetadas, golpes, palizas, heridas, fracturas, quemaduras (p.4)
Al respecto el INEI (2013), refiere lo siguiente:
Situación en que la mujer ha sido empujada, sacudida, golpeada o agredida con el puño o con algún objeto duro, si alguna persona ha tratado de estrangularla o quemarla, si había sido pateada o arrastrada, amenazada o atacada con arma o si ha sido forzada a tener relaciones sexuales en contra de su voluntad, frecuentemente por parte de su pareja. (p.1)
Este tipo de violencia física ejercida contra la mujer les genera daños en su cuerpo ya sean moretones, heridas, cortes los cuales muchas veces le pueden generar la muerte como se ha visto en muchos casos a nivel mundial y nacional.
Dimensión 2: Violencia psicológica
Larrain (1994) refiere que la violencia psicológica es “el abuso emocional que incluye manifestaciones como la degradación psicológica, la humillación verbal, la continua amenaza de abandono, la amenaza de agresión física, el chantaje económico y la reclusión en el hogar”. (p.24)
Ruíz (1994) menciona que la violencia psicológica:
Comprende amenazas, humillaciones, insultos, intimidación, exigencia de obediencia, tratar de convencer a la víctima de que ella es culpable de cualquier problema, asustarla, vigilarla. Abuso verbal: (insultos, celos) Emocional: (Intimidación, asustar a la víctima…) Económico: (Aislar a la víctima económicamente, retirándola el dinero y las tarjetas de crédito…) (p.5)
De lo expuesto por el autor, la violencia psicológica, una las implicancias psicológicas va el perjuicio ocasionado a la autoestima, que es sometida a maltrato continuo. Esta persona por lo general se vuelve sumisa con su atacante y permite en forma silenciosa que su atacante la insulte, la humille y la considere poca cosa. No se debe permitir por ningún motivo ser víctima de estos maltratos y denunciarlos oportunamente a las entidades encargadas de protegerlas.
[...]
[1] Aprobado por Decreto Supremo 009-2005-MIMDES, del 13.06.05
[2] El Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2002 – 2010, fue aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2002-PROMUDEH; posteriormente a través de la Ley 28487, se dio rango de Ley al D.S. de aprobación, otorgándosele al MIMDES como ente Rector del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente, la función de efectuar el seguimiento y velar por el cumplimiento de los objetivos trazados por el PNAIA.
[3] Aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2006-MIMDES, el 29.06.06.
[4] El Plan Nacional de Apoyo a la Familia 2004 - 2012, fue aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2004-MIMDES el 9.09.04.
[5] Aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MIMDES el 23.12.08.