Análisis Crítico del Discurso sobre la penalización del aborto y los derechos humanos de las mujeres


Bachelor Thesis, 2016

289 Pages, Grade: 9.0


Excerpt


ÍNDICE

RESUMEN

SUMMARY

AGRADECIMIENTOS

DEDICATORIAS

PLANTEAMIENTO

Objetivos

Preguntas de investigación

Hipótesis

ESTADO DEL ARTE SOBRE EL ABORTO

Sector salud y políticas públicas

Sociología y derecho

Economía

Religión y política

CAPÍTULO I Género y Feminismo: nociones feministas para la comprensión de la dimensión de la categoría género dentro de la construcción de los conceptos de maternidad, aborto, cuerpo, derechos humanos, ciudadanía y violencia
1. Sobre el concepto de género y la diferencia sexual
1.1 Género no es sexo, o de cómo nuestros órganos sexuales no nos determinan
1.1.1 Lenguaje, simbolización y carácter binario del género
1.1.2 Diferencia como sinónimo de desigualdad
2. Patriarcado
3. Maternidad, reproducción y aborto
3.1 Carne que existe por y para otra carne
3.2 La maternidad como cautiverio de las mujeres
3.3 La reproducción sociocultural: Hogar, dulce hogar
3.4 Aborto
3.4.1 Definición y tipos de aborto
3.4.2 Aspectos históricos del aborto: desarrollo de la lucha Pro-elección en México
3.4.3 Aspectos sociales del aborto
3.4.4 El aborto en números
3.4.4.1 Fertilidad y fecundidad femeninas
3.4.4.2 Conocimiento y prevalencia en el uso de anticonceptivos
3.4.4.3 Incidencia de aborto inducido
3.4.4.4 Consecuencias del aborto inducido (legal e ilegalmente)
3.4.4.5 Tendencias y factores relacionados al aborto
3.4.4.6 La situación global del aborto ilegal
4. Cuerpo (de) mujer
4.1 Mujer- es sin cuerpo, o del no- cuerpo de la mujer
5. Sobre los Derechos de las humanas y humanos
5.1 Sobre el surgimiento de los Derechos Humanos
5.2 El sujeto dominante y los sujetos expropiados
5.3 Sexismo: machismo, misoginia y homofobia
5.3.1 Sobre la influencia sexista en la construcción de la autoidentidad
5.4 Democracia genérica y construcción de la categoría humanas
6. La violencia en contra de las mujeres
6.1 México en las Convenciones Internacionales sobre la violencia en contra de las mujeres
6.2 Sobre la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
7. Perspectivas feministas en teoría política: algunas consideraciones respecto a los conceptos de igualdad, diferencia y ciudadanía

CAPÍTULO II Discurso y Poder: consideraciones sobre el Análisis Crítico del Discurso, el lenguaje y el poder
1. Aproximación al Análisis Crítico del Discurso
1.1 Sobre el orden social de los discursos, poder y saberes
1.1.1 Dominación y normalización
2. Lenguaje y discurso autorizado
3. Poder, derecho, verdad

CAPÍTULO III Poder y Cuerpo: aproximaciones al pensamiento foucaultiano sobre el poder y la dominación
1. Del control sobre los cuerpos: prácticas disciplinarias
2. De la vigilancia continua: vigilancia jerárquica, sanción normalizadora y examen
3. Biopolítica y biopoder
3.1 Poder y sexo: la administración de la vida en una sociedad de la sexualidad
4. Nuevas formas de racismo: algunos cuestionamientos sobre la situación de las mujeres pro-elección

CAPÍTULO IV Análisis Crítico de los Discursos Institucionales Conceptos que conforman el discurso de las leyes relacionadas al aborto Análisis de los discursos
1. Sobre la ‘perdida de la vida’ y la protección de la persona física
2. Sobre la protección de la persona física frente a la desprotección de los derechos humanos de las mujeres
3. Sobre los rasgos discriminatorios en las leyes
4. Sobre la violencia sexual
5. Sobre los discursos patriarcal y religioso como metadiscursos del discurso jurídico en un Estado laico

A MANERA DE CONCLUSIÓN

BIBLIOGRAFÍA

GRÁFICAS
Gráfica 1 Tasa global de fecundidad por entidad federativa, 2000, 2010,
Gráfica 2 Porcentaje de mujeres en edad fértil por grupos de edad según uso de métodos anticonceptivos en la primera relación sexual,
Gráfica 3 Porcentaje de mujeres en edad fértil sexualmente activas, sexualmente inactivas y sin experiencia sexual por grupos quinquenales de edad,
Gráfica 4 Porcentaje de mujeres en edad fértil que conocen al menos un método anticonceptivo por entidad federativa,
Gráfica 5 Porcentaje de mujeres en edad fértil unidas o sexualmente activas que usan métodos anticonceptivos por grupo de edad,
Gráfica 6 Demanda insatisfecha de anticoncepción de mujeres en edad fértil unidas según grupo de edad,

TABLAS
Tabla 1 Características culturales de la población
Tabla 2 Características principales de la muerte materna por causa e institución / México 2010-
Tabla 3 Causales de aborto por entidad federativa
Tabla 4 Conceptualización del aborto dentro de su legislación Penal por país
Tabla 5 Ordenamientos Jurídicos Penales de cada país
Tabla 6 Clasificación del Tipo Penal por país
Tabla 7 Causas legales para producir un aborto por país
Tabla 8 Sujetos que incurren en responsabilidad penal cuando practican un aborto ilegal, por país
Tabla 9 Penalización de la inducción al aborto (El Salvador)
Tabla 10 Atenuante por motivos de honor y la deshonra de la mujer por país
Tabla 11 Atenuante por causas económicas de la mujer embarazada (Uruguay)
Tabla 12 Atenuante por causa de que el feto es producto de la constitución de una conducta delictiva (Colombia)
Tabla 13 Penalización de Anuncios de medios para producir el aborto (Puerto Ricos)
Tabla 14 Causales y situación de legalidad del aborto por país

ANEXOS
1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
2. CÓDIGO PENAL FEDERAL Última reforma publicada DOF 12-03-
3. CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL (Última reforma publicada el 18/12/2014)
4. CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (Última reforma publicada el 05/02/2015)
5. LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA (Última reforma publicada el 15/01/2013)
6. LEY GENERAL DE SALUD (Última reforma publicada 04/06/2015)
7. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO (Última reforma publicada el 26/06/2014 y Fe de erratas el 10/04/2015)
8. CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO (Última reforma publicada el 08/05/2015)
9. CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE QUERÉTARO (Última reforma publicada el 22/05/2015)
10. LEY ESTATAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA (Entrada en vigor el 28/03/2009)
11. LEY DE IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL ESTADO DE QUERÉTARO (Entrada en vigor el 31/08/2012)
12. LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR TODA FORMA DE DISCRIMINACIÓN EN EL ESTADO DE QUERÉTARO
13. DECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

RESUMEN

La presente investigación pretende exponer a través del Análisis Crítico del Discurso, una lectura de realidades que contrastan entre sí, permitiendo al lector/lectora vislumbrar la violencia institucional ejercida por el Estado mexicano. Violencia que afecta a las mujeres porque controla sus cuerpos, al penalizar la interrupción voluntaria del embarazo (y prácticamente cualquier forma de aborto); además de la consecuente situación contradictoria, políticamente ignorada, en la que muchos de los derechos humanos de las mujeres se encuentran actualmente en nuestro país. La investigación se centra en una serie de distintas leyes y códigos que se relacionan al aborto en el Estado de Querétaro (como muestra de lo que se vive en la mayoría de los estados de la República) y el Distrito Federal (ahora Ciudad de México), al considerar que ambos sostienen discursos antagónicos, así como en los discursos relacionados con las declaraciones de los Derechos Humanos de las Mujeres, La Ley General de Salud y las leyes para el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.

Si bien puede parecer a simple vista que no existe un sesgo en la transversalización de la perspectiva de género dentro de los manifiestos tratados, es posible, a través de un análisis comparativo de los mismos, encontrar la iniquidad que albergan y los efectos discursivos que contienen, principalmente en el caso queretano.

Se retoman como autores/as principales a Michel Foucault, Pierre Bourdieu, Ruth Wodak, Teun van Dijk entre otros, para plantear cómo funcionan los discursos a nivel social, político e institucional, y cuáles son sus alcances; cómo se desenvuelven en nuestra sociedad las prácticas disciplinarias y qué papel juegan la biopolítica y el biopoder para el caso de las mujeres en lo particular. Además, se hace un recorrido por las obras de Marcela Lagarde, Marta Lamas, Simone De Beauvoir, Gilles Lipovetsky, entre otras, para comprender cómo se construye el concepto de género, cuáles son las diferentes perspectivas feministas respecto a la maternidad, la reproducción, el aborto y el cuerpo de las mujeres, y así contribuir a la demostración del espejismo que representa la equidad de género en nuestro país.

(Palabras clave: violencia institucional, análisis crítico del discurso, biopolítica, biopoder, mujeres, maternidad, ley, aborto, derechos humanos, penalización, iniquidad, género, Ciudad de México, Querétaro, Estado.)

SUMMARY

The following research seeks to expose, through a critical discourse analysis, a reading of contrasting realities; allowing the reader to glimpse the institutional violence exerted by the Mexican State, which oppresses through control of women's bodies, penalizing the voluntary interruption of pregnancy (and nearly all forms of abortion); moreover the current consequent contradictory situation, politically ignored, of many of women’s rights in our country. The investigation focuses on a series of different laws and codes related to abortion in the state of Queretaro (as a sample of the situation lived almost in all the Mexican territory) and Distrito Federal (current Mexico City), as they are considered contending discourses. Additionally, it focuses on the discourses of Women's Humans Rights declarations, the General Health Law and the laws granting women access to a non-violent life.

Even when it seems at first sight that there is no gap in the gender perspective within the exposed manifests, it is yet possible, through a comparative analysis, to find the inequity held by them and the discursive effects they contain, mainly in Queretaro's case.

Authors such as Michel Foucault, Pierre Bourdieu, Ruth Wodak, Teun van Dijk, and other, are used to pose the problem of discourses, socially, politically and institutionally speaking, in order to understand their extent; how the disciplinary practices are developed in our society, and the role played by biopolitics and biopower particularly in the case of women. Also, we'll look over Marcela Lagarde, Marta Lamas, Simone De Beauvoir, Gilles Lipovetsky, among some other authors’ works in order to comprehend the construction of the concept of gender, as well as different feminist perspectives on motherhood, reproduction, abortion, and the female body; thus contributing to the demonstration of the existent mirage of equity between genders in our country.

(Keywords: institutional violence, critical discourse analysis, biopolitics, biopower, women, motherhood, law, abortion, human rights, penalization, inequity, gender, Mexico City, Querétaro, State)

AGRADECIMIENTOS

Quisiera agradecer a mi familia, a mi mamá y mi papá por todos sus esfuerzos para que pudiera llegar a esta etapa de mi formación; gracias por brindarme la educación necesaria para conocer y hacer lo que más me gusta. Por todas las idas y venidas a Querétaro y por apoyar mi estancia en casa para poder escribir esta tesis.

A mi amiga Ariadna por apoyarme y animarme tanto, mil gracias por haberme leído, releído y más cada vez que necesité una opinión de colegas; gracias por hacerme ver mi potencial y por compartir el tuyo conmigo. A mi querida Alejandra Márquez, gracias también por leerme y hacerme tus comentarios aún cuando tú misma tienes un millón de cosas que escribir y leer. A todas mis compañeras y amigas de la universidad, particularmente Epi, Caro, Luciana y Mónica, por demostrarme que la sociología y el feminismo están llenos de frentes de lucha y que vale la pena formarse en uno. A mi best friend, Karen, por estar ahí siempre, de una u otra manera. Hemos navegado en este proceso juntas y espero seguir compartiendo estas aventuras contigo.

Agradezco especialmente a la Dra. Edita Solís por todo su apoyo siempre. Agradezco todas sus clases, sus opiniones y sus recomendaciones. Ha sido un gran ejemplo para mí y un placer haber sido su alumna. Por supuesto, agradezco también a todas y todos los excelentes profesores que a lo largo de la carrera impulsaron procesos críticos y creativos en mí; en especial a Luis Alberto Fernández García, Augusto Peón, Oliva Solís, Antonio Flores, Leticia Guzmán de la Facultad de Psicología porque en su clase surgiría mi inquietud sobre el tema de esta tesis, y a Genaro García Guzmán por haberme devuelto el entusiasmo durante el Taller de Investigación. Al sínodo le agradezco su lectura y sus comentarios que sin duda ayudaron a mejorar éste y los próximos trabajos que realice. Particularmente a la Dra. Miriam Herrera le agradezco la puntual revisión a todo el texto, sin duda la calidad del mismo mejoró tras sus anotaciones.

Y gracias totales a todas las feministas que lucharon, en México y el mundo, para que las mujeres podamos tener un lugar en la Universidad, sin sus esfuerzos no estaría aquí. También a aquellas que lograron que, al menos en la Ciudad de México, podamos tener la opción de interrumpir legalmente un embarazo no deseado.

DEDICATORIAS

Quisiera dedicar todo el tiempo invertido y todo el aprendizaje obtenido en este trabajo a las mujeres (niñas, jóvenes y no tan jóvenes) que han muerto por abortos mal practicados, a todas aquellas que enfrentan problemas de salud por mal praxis, a las que son discriminadas, encarceladas, criminalizadas por haber intentado ser libres. A las que a la fecha viven en secreto su decisión, y a las que seguirán sufriendo de la violencia de un Estado que nos discrimina y deja morir mientras que no se modifiquen las leyes que nos criminalizan por decidir no ser madres.

Que la lucha no desista hasta ser dueñas de nuestros cuerpos.

A todas las mujeres que día con día son asesinadas en manos del machismo y la misoginia, yo las nombro para no olvidarlas.

A todas ellas –y a aquellos que las siguen codo a codo- que luchan desde el feminismo y otros frentes para lograr un mundo sin violencia de género; y a todas las personas que día con día se enfrentan a la opresión patriarcal por ser diferentes; somos muches quienes caminamos de su lado.

¡Educación sexual para decidir! ¡Anticonceptivos para no abortar!

¡Aborto libre para no morir!

¡¡¡¡NI UNA MUERTA MÁS!!!!

PLANTEAMIENTO

El presente trabajo de investigación está enfocado en vislumbrar, desde el Análisis Crítico del Discurso, la violencia institucional ejercida por parte del Estado mexicano hacia las mujeres, a partir de las leyes que penalizan el aborto o, en términos más concretos, la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). El concepto de violencia institucional será retomado desde su definición en el artículo 18 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) (ver anexo 5), la cual señala que:

“Son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia”

Así, el análisis se concentra particularmente en el discurso jurídico del Estado de Querétaro y el Distrito Federal (ahora Ciudad de México); este último analizado como una excepción que permite contrastar dos realidades antagónicas; siendo la de éste, en particular, la que responde al cumplimiento de los tratados internacionales firmados por México, los cuales protegen la equidad de género y el respeto de los derechos humanos. El caso de Querétaro será considerado como ejemplo hipotético de la situación que se vive en la mayoría de los estados del país, es decir, de obstrucción de derechos humanos e iniquidad.

La problemática se presenta, entonces, al considerar los riesgos a la salud a los que se enfrentan las mujeres durante la realización de un aborto clandestino, es decir, bajo los mínimos o nulos estándares de higiene, conocimientos médicos y sin un seguimiento postaborto adecuado. De acuerdo con las estadísticas que ofrece la Organización Mundial de la Salud (OMS) en la segunda edición de Aborto sin riesgos: guía técnica y de políticas para sistemas de salud (OMS, 2012, pág. 17):

- “Cada año, se calcula que se producen 22 millones de abortos inseguros. Casi todos los abortos inseguros (98 %) se producen en países en vías de desarrollo. La cantidad total de abortos inseguros ha aumentado de alrededor de 20 millones en 2003 a 22 millones en 2008, si bien la tasa global de abortos inseguros no se ha modificado desde el año 2000.”
- “Aproximadamente 47 000 muertes relacionadas con el embarazo son provocadas por complicaciones de un aborto inseguro. Además, se estima que 5 millones de mujeres sufren incapacidades como resultado de las complicaciones de un aborto inseguro.”
- “[…] Se prevé que unas 33 millones de usuarias de anticonceptivos padezcan un embarazo accidental cada año mientras usan métodos anticonceptivos. Algunos de estos embarazos accidentales se finalizan mediante abortos inducidos y otros terminan siendo bebés no planificados.”
- “Ya sea que el aborto se dé con mayores restricciones legales o que esté disponible a requerimiento, la probabilidad de que una mujer tenga un embarazo no deseado y que intente un aborto inducido es prácticamente la misma. […] La condición legal del aborto no produce ningún efecto sobre la necesidad de una mujer de tener un aborto, pero afecta dramáticamente su acceso a un aborto sin riesgos.”
- “En los lugares donde la legislación permite realizar un aborto según indicaciones amplias, la incidencia y las complicaciones de un aborto inseguro en general son menores que en los lugares donde el aborto legal está más restringido.”

A partir de estos datos, es posible argumentar que el aborto en México –y muchos otros países- es un serio problema de salud pública que, sin embargo, únicamente es tratado como tal en, la ahora, Ciudad de México, para el caso de nuestro país.

Además, los datos arrojados por el INEGI 2010 señalan que el aborto ha oscilado entre el noveno y décimo lugar de las causas de morbilidad hospitalaria dentro de las 15 causas más importantes de egreso hospitalario. No existen datos por parte del INEGI que señalen la cantidad de muertes por aborto clandestino en México, sin embargo, según datos del CIMAC (2014) se estima que anualmente se practican en Brasil, Colombia, México, Perú y República Dominicana alrededor de 2.8 millones de abortos y en toda la región la suma llega a más de cuatro millones de abortos clandestinos.

En este sentido se considera que el hecho de penalizar la interrupción voluntaria del embarazo es una decisión del Estado mexicano que violenta los derechos de las mujeres, retrasa el avance en políticas públicas que garanticen la salud y bienestar de las mismas, y que además está sustentada en los discursos religioso[1] y patriarcal[2] ; los cuales sostienen en sus bases una explícita discriminación hacia las mujeres. El primero, al afirmar que el Estado no tiene ninguna autoridad para defender los derechos de las mujeres sobre los derechos del embrión que la Iglesia defiende ‘en nombre de Dios’ como absolutos; el segundo, al sustentar su poder en un discurso de opresión hacia lo femenino, particularmente las mujeres, mismo que abarca todas las esferas sociales en las que éstas se desenvuelven y que las considera inferiores en todos los sentidos, por lo que obstruye y vulnera el alcance que tienen a la igualdad social y jurídica.

Desde esta perspectiva, los discursos religioso y patriarcal representan la columna vertebral de la iniquidad de género. Penetran en el tejido social y construyen una manera de pensar excluyente que es interiorizada por los y las individuas[3]. Estos/as, al conformar las instituciones sociales y del Estado; permiten que dicha iniquidad sea ejecutada sobre los grupos minoritarios, en este caso, las mujeres que eligen abortar.

Objetivos

El objetivo general de esta investigación consiste en analizar cómo el Estado mexicano ejerce violencia institucional contra las mujeres a partir del uso de mecanismos de control sobre sus cuerpos, los cuales se hacen visibles a partir de las leyes que penalizan el aborto.

Los objetivos particulares de esta investigación son:

1. Analizar y explicar cómo funcionan los mecanismos de control que se aplican sobre el cuerpo de las mujeres al penalizar el aborto .
2. Analizar y explicar el ejercicio de la violencia institucional por parte del Estado mexicano.
3. Exponer las contradicciones en materia legal que se encuentran dentro de las leyes que penalizan el aborto, particularmente en el Estado de Querétaro a partir de un análisis comparativo de los marcos legales de éste y la Ciudad de México .
4. Exponer la manifestación de los discursos religioso y patriarcal dentro de dichas leyes a partir del Análisis Crítico del Discurso .
5 . Generar una reflexión que promueva la realización de políticas públicas en pro de los derechos de las mujeres y la equidad de género .
6. Demostrar cómo las leyes mexicanas requieren de una transversalización real de la perspectiva de género.

Preguntas de investigación

Derivada del objetivo general así como de los específicos, se desprende la siguiente pregunta principal:

1) ¿Cómo se manifiesta la violencia institucional por parte del Estado mexicano en contra de las mujeres a partir de las leyes que penalizan el aborto?

Para responder la pregunta general, es necesario responder las siguientes preguntas particulares:

2) ¿Qué implicaciones tiene la reproducción de los discursos patriarcal y religioso, dentro de las leyes mexicanas, en el derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos y vidas?

3) ¿De qué manera el discurso jurídico en México oprime e invisibiliza los derechos humanos fundamentales de las mujeres?

4) ¿Existen contradicciones en materia legal dentro de las leyes mexicanas que penalizan el aborto? ¿Cuáles son?

5) ¿En qué medida la despenalización del aborto contribuiría a la eliminación de las brechas de género en México?

6) ¿De qué manera los discursos perceptibles en las leyes que penalizan el aborto en México, contradicen la laicidad del Estado mexicano?

Hipótesis

La hipótesis de esta investigación supone que las leyes observadas en los manifiestos mexicanos sobre la penalización del aborto representan la perpetuación de los discursos patriarcal y religioso católico dentro del discurso jurídico. Ambos discursos (el patriarcal y el religioso católico) generan, como parte de una de sus características inherentes, una brecha que obstaculiza la equidad entre mujeres y hombres, no sólo en el ámbito jurídico, sino de igual forma en lo respectivo a la vida social, cultural, política y económica; lo cual implica que el Estado ejerce a partir de dichas leyes, violencia institucional en contra de las mujeres.

Para lograr el objetivo de la investigación, el Capítulo I “Género y Feminismo: nociones feministas para la comprensión de la dimensión de la categoría género dentro de la construcción de los conceptos de maternidad, aborto, cuerpo, derechos humanos, ciudadanía y violencia” parte, precisamente, de una perspectiva feminista de la construcción del concepto de género. Se utilizarán las propuestas de Marcela Lagarde, Simone de Beauvoir, Marta Lamas y Gilles Lipovetsky acerca del concepto de este concepto y el de patriarcado, la construcción de los derechos humanos de las mujeres, la concepción de la maternidad, el cuerpo (de las mujeres), así como diferentes perspectivas sobre política y reproducción de las mujeres, particularmente en México. Esto con el fin de comprender a fondo cómo es que los discursos patriarcal y religioso van de la mano construyendo formas excluyentes de concebir a las mujeres, y cómo es que desde la oposición, se reconstruyen y deconstruyen otros significados sobre éstas.

En el Capítulo II “Discurso y Poder: consideraciones sobre el Análisis Crítico del Discurso, el lenguaje y el poder” se abordarán cuestiones metodológicas del Análisis Crítico del Discurso (ACD) a partir de las aportaciones de Ruth Wodak, Michael Meyer, Teun van Dijk y Norman Fairclough, principales teórica y teóricos de los Estudios del Discurso. Desde Luisa Martin Rojo y Lupicinio Íñiguez Rueda, se sustentará la utilización de los distintos manifiestos como discurso. Al mismo tiempo, se utilizarán las propuestas de autores como Pierre Bourdieu, quien habla acerca del lenguaje autorizado, en el cuál, entre otras cosas, menciona cómo la autoridad del lenguaje no le es propia sino que llega a este desde afuera, es decir, que las palabras, los discursos, son representaciones, manifestaciones de la autoridad que les enuncia; lo que permitirá explicar cómo es que las leyes mexicanas encarnan una autoridad que discrimina, violenta e invisibiliza los derechos de las mujeres. Así, a través del ACD, se podrán evaluar unos metadiscursos, haciendo referencia a la intertextualidad [4], lo cual podría decirse se produce simultáneamente: el discurso religioso católico y patriarcal dentro del discurso jurídico en un Estado laico . Estos últimos aparecen transversales a las motivaciones que encarnan algunas de las leyes presentadas, ya que desde una postura meramente objetiva y científica, dichas apelaciones serían descartadas.

En el tercer capítulo “Poder y Cuerpo: aproximaciones al pensamiento foucaultiano sobre el poder y la dominación”, se abordarán cuestiones concernientes al cuerpo y el poder desde Michel Foucault; retomando los conceptos de biopolítica y biopoder. La relación estrecha que se mantiene entre ambos para el control de las sociedades, denominada biopolítica de la población, así como la concepción de una sociedad de la sexualidad, desde la cual se interpretará dicha importancia sobre el control de los cuerpos.

Finalmente, en el Capítulo IV “Análisis de los Discursos Institucionales”, se presentará el análisis discursivo de las leyes a partir de una serie de comparaciones entre éstas, las cuales permitirán mostrar los planteamientos realizados acerca de la violencia institucional ejercida contra las mujeres y sus derechos fundamentales. Además, se mostrarán las contradicciones que se presentan entre dichas leyes[5], así como el obstáculo que los discursos, patriarcal y religioso, implican en la libertad de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo.

Al concluir esta investigación, surgirán, quizá, más preguntas que respuestas, sin embargo se espera contribuir a una reflexión acerca de la situación actual de las mujeres mexicanas en lo referente a sus derechos humanos, para la realización de políticas públicas efectivas que garanticen la protección de la salud, desarrollo y libertad de decisión de las mismas. Resaltar la importancia de legislar a partir de una verdadera equidad de género que descarte cualquier forma de violencia, no solo a nivel institucional, sino de igual manera dentro de todas las esferas de desarrollo de los y las individuas: simbólicas, lingüísticas, semánticas, psicológicas, sociales, y por supuesto, discursivas.

ESTADO DEL ARTE SOBRE EL ABORTO

La literatura que trata del aborto y que ha sido revisada, invita ya sea a adoptar una postura en favor del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, o por el contrario, a defender el ‘derecho a la vida’ desde el momento de la fecundación. La primera, bajo las mejores condiciones higiénicas, profesionales y libres de discriminación que un Estado laico pueda ofrecer; a partir de su despenalización y de la creación de políticas públicas que permitan dicho acceso. La segunda, desde posturas avaladas por el discurso religioso católico que anteponen la culminación del embarazo sobre los derechos de la mujer.

Se han revisado ocho trabajos de investigación ligados al tema del aborto. En estos, se pueden observar diferentes perspectivas de análisis las cuales se dividirán en cuatro temáticas: 1. sector salud y políticas públicas, 2. sociología y derecho, 3. economía y 4. religión y política.

Cada uno de los trabajos que conforman este Estado del Arte resulta importante. Por un lado, porque permiten observar cómo suele abordarse la problemática del aborto y cuáles son las soluciones que otras autoras y autores proponen. Además, se pueden identificar las dificultades que existen para conseguir dichas soluciones y, al mismo tiempo, abren pautas para que se tracen otras formas de analizar el problema, plantear nuevas reflexiones e incluso, posibles soluciones.

Sector salud y políticas públicas

En lo que respecta a la consideración del aborto como un problema del sector salud, que requiere de la implementación de políticas públicas para poder resolverle, un artículo de revista electrónica, El aborto inseguro en Brasil de Fernanda Pattaro (2009), se centra en el aborto como uno de los derechos humanos de las mujeres.

Seguido de una observación de las altas cifras de muerte materna por aborto clandestino en Brasil[6], se argumenta en contra de la restricción de las leyes, ya que es a partir de éstas que se impide el acceso a la intervención médica profesional necesaria para evitar dichos fallecimientos. Desde una perspectiva de género, se observa cómo la ‘santificación de la maternidad’, como construcción social, influye en la imposibilidad de una legislación a favor del derecho a decidir. Este artículo utiliza la metodología cuantitativa para observar los índices de mortandad y demás indicadores sobre el aborto en Brasil y sus repercusiones sociales.

Por otro lado, el trabajo de Norma Ubaldi Garcete, Sobre el aborto y políticas públicas, para la Revista Debate Feminista (2003), se posiciona en las políticas públicas como única manera de controlar este grave problema del sector salud, el cual se traduce en muertes maternas a causa de las malas condiciones en las que se practican los abortos clandestinos o inseguros.

Las estadísticas de morbilidad y mortalidad materna son algunos de los métodos cuantitativos que este artículo utiliza para argumentar en favor de su propuesta, señalando que, para el año 2000, el CONAPO y la Secretaría de Salud colocaban al aborto entre la tercera y cuarta causa de muerte materna en México (Ubaldi Garcete, 2003, pág. 166). En 2010 y 2012, según datos del Observatorio de Mortalidad Materna en México y la Secretaria de Salud, traducidos por el Grupo de Información En Reproducción Elegida (GIRE), la tercera causa de muerte en nuestro país continuaba siendo el aborto[7] (GIRE, 2013, pág. 100).

Lo anterior es importante ya que en esta investigación uno de los objetivos particulares es crear reflexión acerca de las implicaciones que la penalización del aborto trae consigo, por lo que las cifras que se muestran sirven para aseverar que propuestas como la de Ubaldi Garcete siguen en pie, al no estar resulto el problema.

Esta tesis retoma, asimismo, las cuestiones relacionadas a la ‘santificación de la maternidad’ y considera que son los discursos patriarcal y religioso aquellos que instauran estas formas de pensamiento en las y los individuos, las cuales son manifestadas en las leyes. Una de las posibles soluciones a este bloqueo de los derechos humanos de las mujeres comienza, desde esta propuesta, con la deconstrucción de dichos discursos dominantes para la rectificación de las leyes sobre el aborto.

Sociología y derecho

Ha sido importante revisar la literatura relacionada tanto a la sociología como al derecho debido a que ambas disciplinas conforman una perspectiva importante en análisis de esta investigación.

Por un lado, el aspecto sociológico propio de mi formación académica permite analizar el aborto en nuestro país como un problema social que impacta principalmente en la vida de las mujeres que deciden interrumpir su embarazo. Éste, al estar penalizado, pone en riesgo su salud (física y psicológica) así como su vida; retrasa el avance en la implementación de políticas públicas incluyentes, con perspectiva de género y, consecuentemente, tiene un impacto negativo en todas las esferas sociales (económica, política, familiar, comunitaria, etcétera).

En cuanto al aspecto jurídico de la investigación, es a partir de la revisión y análisis de las leyes en nuestro país que se puede argüir que el Estado ejerce violencia institucional al penalizar el aborto, ya que incumple con las leyes y tratados que garantizan el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.

Así, desde la sociología del derecho o sociología jurídica, se ha encontrado el trabajo de Ana Laura Nettel, Aspectos éticos y sociales de la política legislativa en el caso del aborto(2001). En este estudio, la autora analiza cómo se establece la relación entre las legislaciones y la sociedad. Por un lado, se identifican las esferas social y privada del individuo/a (la mujer en particular) y se contrasta cómo el aborto se manifiesta de maneras distintas desde cada una de estas esferas.

Desde la primer esfera, el aborto es visto como un problema social por lo que se considera parte de las problemáticas que la política legislativa debe resolver o atender; es decir, el poder legislativo debe encargarse de regular el aborto (y cualquier problema que sea parte de la esfera social) en aras de procurar el bien de la colectividad. La finalidad de la legislación sobre dicho problema social es la regulación de la conducta de las/los miembros de la sociedad para influir en determinada situación problemática y finalmente, modificarla (Nettel D., 2001, pág. 92). La esfera privada, por otro lado, plantea el aborto como un problema de carácter individual que será regulado a partir de la autonomía de la mujer, es decir, más allá de lo que dicten las leyes. Las consideraciones que tiene la individua desde esta esfera son de carácter moral y están conformadas por su propia visión del mundo y de la vida (Nettel D., 2001, págs. 92-93). Se puede considerar que estás cuestiones de tipo moral se construyen a partir de los discursos dominantes (a veces subversivos) que cada individuo/individua interioriza. En el caso de las mujeres, los planteamientos que cuestionan la elección de interrumpir o no su embarazo, más allá del hecho de desear una u otra cosa, tienen que ver con los riesgos que corre su proyecto de vida: por un lado, sus relaciones con los otros (pareja, familia, amistades, trabajo), y por el otro, su propia salud y seguridad (Nettel D., 2001, pág. 93).

La propuesta de la autora resulta importante en este punto ya que da pie a uno de los asuntos que serán retomados en esta investigación y que tiene que ver con la relación de las mujeres para con los otros. Para la autora, las mujeres se preocupan en primera instancia en las consecuencias que la decisión de interrumpir su embarazo puede traer para sus relaciones sociales; lo que implica que su decisión se ve afectada ineludiblemente por el miedo a perder dichas relaciones, a ser excluida y estigmatizada por su círculo social. La cuestión con los discursos dominantes es que permean todo el tejido social, y al ser legitimados por las leyes, al institucionalizarlos, los individuos/individuas los aceptan como dados y los reproducen en la cotidianidad. El poder que los discursos tienen sobre las personas, y que son reforzados por las instituciones, la propia cultura, los medios masivos de comunicación, etcétera; implica que moralmente éstas se vuelven jueces de las mujeres que deciden abortar, o que siquiera lo toman en cuenta. Las mujeres, como se verá en el capítulo uno, se vuelven seres para otros, anteponiendo las ideas y deseos de los demás a las suyas.

Además, resulta irónico, desde el planteamiento de la autora, que a pesar de que las leyes suponen la protección al bien jurídico de la vida, su dignidad e integridad; las mujeres deben considerar un riesgo de daños a veces irreversibles a su salud o incluso la muerte, antes de practicarse un aborto clandestino. Los costos sociales del aborto clandestino se traducen en un gran número de muertes y graves daños a la salud de las mujeres (Nettel D., 2001, pág. 93).

Este estudio es particularmente importante para esta investigación ya que ambos revisan las legislaturas respecto al aborto. Si bien la autora se sitúa en un momento en el que el aborto todavía no era despenalizado en el Distrito Federal, la manera en la que analiza los artículos correspondientes al Código Penal del Distrito Federal son relevantes ya que otorgan al lector la posibilidad de observar claramente distintas incoherencias dentro de los mismos, así como la discriminación detallada de que son objeto las mujeres en sus criterios de penalidad[8]. Algunos puntos serán retomados en el propio análisis de esta investigación ya que coinciden con los artículos del Código Penal Federal vigente.

Finalmente la autora observa desde una metodología cuantitativa cómo es que en México las leyes antiaborto no reflejan los resultados deseables a nivel social, y cómo tampoco es posible observar que las sanciones determinadas por las leyes sean aplicadas, cuestionándose ¿qué sentido tiene la existencia de una ley que por un lado, no regula la conducta de los y las individuas ya que es ignorada, y por otro, que no lleva a cabo los procesos penales en los casos de incumplimiento de la misma? La autora analiza la moralidad dentro de las leyes y hace un énfasis en la importancia de legislar con base en necesidades reales, es decir, considerando, por ejemplo, que la ilegalidad del aborto le vuelve un problema grave del sector salud que pone en alto riesgo la salud y vida de las mujeres (Nettel D., 2001).

Siguiendo las cuestiones relacionadas con el Derecho, Alma Arámbula Reyes escribe Legislación internacional y derecho comparado sobre el aborto (2008). Dicha investigación se enfoca en analizar diferentes cuestiones relacionadas al aborto desde una perspectiva jurídica. La autora presenta un marco conceptual del aborto, en el cuál proporciona información respecto al proceso de gestación. Aunado a esto la autora proporciona las definiciones acerca de conceptos como fecundación, migración, vida libre en el útero y anidación [9] .

Respecto al aborto, la autora proporciona la definición del mismo, los diferentes grados o etapas del aborto, sus tipos y clasificaciones[10], los métodos o técnicas para realizar un aborto, características del síndrome post-aborto, así como la revisión de distintas posturas frente al aborto (Iglesia Católica, grupos Pro-Vida y grupos Pro-Elección).

Dentro del marco jurídico, la autora utiliza las legislaciones nacional y estatal; algunos artículos presentes en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Civil Federal, la Ley General de Salud para el Distrito Federal, y el Código Penal para el Distrito Federal[11]. Además presenta una tabla comparativa de las legislaciones estatales, sus causales y su correspondiente entidad federativa[12] y menciona algunos instrumentos internacionales[13] (Arámbula Reyes, 2008, pág. 31).

Desde el Derecho Comparado y con base en una metodología cuantitativa, se presentan dos cuadros comparativos: de la situación de la Legislación sobre el aborto en América y el resto del mundo. En el primer caso, la autora arroja diversos datos relevantes resultado de la comparación de las legislaciones entre los países del continente americano y España[14]. Sobre los datos mundiales, se muestran tablas comparativas por continente[15].

A partir de estas tablas, se puede observar que de los 193 países del mundo, sólo el 28.49% ha despenalizado en su totalidad el aborto[16]. Las legislaciones del resto de los países varían desde la absoluta penalización, como el caso del Vaticano, hasta la despenalización sólo por algunas de las causales señaladas (muchas veces únicamente cuando la vida de la madre corre peligro). Algunas de las observaciones que la autora hace y que resultan relevantes para esta investigación son las siguientes:

Aproximadamente 26 millones de mujeres tienen abortos legales cada año, y 20 millones tienen abortos en países en que el aborto está restringido o prohibido por ley. Gran parte de los países del mundo liberalizaron sus leyes de aborto en el breve lapso entre 1950 y 1985. Ya a principios de 1986, 36 países tenían leyes de aborto liberales que permitían a las mujeres tener abortos por razones sociales o médicas, o sin razón alguna. Entre 1985 y 1997, 10 países desarrollados y nueve países en vías de desarrollo con más de un millón de habitantes relajaron las restricciones sobre el aborto. (Arámbula Reyes, 2008, pág. 49)

[…] La mayoría de los países que permiten el aborto –hasta aquéllos que no establecen ninguna restricción a las causas para abortar- establecen condiciones que hay que observar para que un aborto sea clasificado como legal. Estas condiciones son:

- Límites al período de gestación o al tipo de servicio médico en el que se puede realizar el procedimiento.
- Requisitos de autorización de terceros, como es que el esposo o uno de los padres autorice el procedimiento.
- Período de espera obligatoria.
- Consejería obligatoria. (Arámbula Reyes, 2008, pág. 70)

México ha despenalizado el aborto bajo todas las causales únicamente en la Ciudad de México, y por factores socioeconómicos únicamente en el estado de Yucatán. Se puede decir, por lo tanto, que a no ser por la Ciudad de México, que despenalizó el aborto voluntario en 2007, nuestro país se encuentra rezagado por más de una década en cuanto a los avances de sus legislaciones respecto al aborto, en comparación con el resto de los países que han despenalizado el aborto voluntario.

Es importante acudir al derecho comparado ya que permite visualizar la realidad jurídica del aborto desde distintas culturas, economías y territorios; lo cual permite observar cómo la interrupción voluntaria del embarazo es una cuestión viable en más de la cuarta parte del mundo, además de ser una muestra clara de equidad de género y respeto a los derechos humanos de las mujeres.

Economía

En cuanto al rubro de la economía, se encuentra la investigación Los costos sociales del aborto clandestino de Angélica Sousa (2001), en la cual aborda la problemática del aborto clandestino en México, desde una perspectiva económica y médica.

La autora aborda el tema afirmando que “la ilegalidad es la principal característica que hace de la práctica del aborto una amenaza social” ya que las mujeres que deciden abortar de manera voluntaria fuera del Distrito Federal[17] tienden a demandar procedimientos clandestinos y en su mayoría inseguros que ponen en riesgo su salud física y psicológica a corto, mediano y largo plazo, y en muchas ocasiones, su vida (Sousa, 2001, pág. 114). Con información de The Guttmacher Institute y el CONAPO, la autora señala que para 1996 entre 533 000 y 850 000 abortos provocados se realizaban en nuestra sociedad, cifras extremadamente altas que sugieren que el número de complicaciones a la salud eran igualmente altas (Sousa, 2001, pág. 114). Sin embargo, la autora señala que las cifras conocidas son tentativas debido a que en México la práctica de abortos clandestinos es indebidamente subestimada,

[…] entre otras razones porque los datos que se utilizan están subregistrados, ya sea porque los registros hospitalarios no hacen diferencias entre los tipos de aborto (si es provocado o espontáneo), porque las defunciones por aborto en su mayoría no se consignan como tales, sino por otras causas, o simplemente porque la condición de ilegalidad y la presión social orillan a la mujer a ocultar este tipo de prácticas. (Sousa, 2001, pág. 115)

Así, la autora propone abordar el problema desde su contexto social, económico y legal. Al plantear el aborto como un problema social, identifica los costos sociales que se generan cuando una mujer decide interrumpir su embarazo y se enfrenta a la clandestinidad que dicha decisión conlleva. Dichos problemas involucran y afectan a todos los sectores de la economía por los costos que generan tanto a la mujer como a su familia, a las instituciones de salud y en general, a la sociedad completa (Sousa, 2001, pág. 116). A cada uno de estos los trata por separado:

a) La mujer: a partir de la decisión de abortar, la mujer incurre en una pérdida de productividad debida a la búsqueda de opciones para abortar de la manera menos insegura, el traslado (que puede variar ya sea dentro o fuera de su lugar de residencia), la duración y recuperación del procedimiento del aborto, así como los gastos de la operación en un mercado informal (variable dependiendo de las instalaciones), hasta los gastos que surjan en caso de las posibles complicaciones a corto, mediano y largo plazo[18].

b) La familia: respecto a los costos que el aborto clandestino acarrea a la familia de la mujer que decide abortar, se encuentran el tiempo que la mujer deja de administrar el hogar en caso de ser ama de casa, el tiempo invertido por el o los familiares o acompañantes que permanecen con la mujer a lo largo del proceso (durante y después del mismo). Además se contempla la posibilidad de que una madre con hijos muera a causa de un aborto mal practicado, lo que ocasiona una desintegración de la familia, la desprotección de los hijos/hijas en caso de no contar con la figura del padre, y muchas veces, la pérdida de la proveedora principal.

c) Las instituciones de salud: en cuanto a las instituciones de salud pública, la autora menciona los gastos hospitalarios para la atención de abortos mal practicados. Señala que se “estima que el costo del tratamiento de una infección por aborto es, con frecuencia, tres o más veces costoso que el de un parto normal” (OMS, 1999, citado en Sousa, 2001, pág. 117). Asimismo, es importante considerar que los gastos hospitalarios además de contemplar transfusiones sanguíneas, antibióticos, analgésicos, etcétera, implican varios días de hospitalización y atención por parte del personal especializado. Esta atención “consume enormes recursos de los sistemas de salud –más de 50% de los presupuestos destinados a ginecobstetricia (sic) en algunos sistemas de salud- y disminuye tanto los recursos financieros como el suministro de medicamentos para otro tipo de tratamiento” (OMS, 1999, citado en Sousa, 2001, pág. 117). Para el caso de México, la autora utiliza información del Instituto Nacional de Perinatología, que para 1993 señalaba que el impacto económico del aborto clandestino, sólo para dicha institución, fue de $147 625 200 (considerando únicamente los costos de tratamiento de las complicaciones de corto y mediano plazo, y aquellos relacionados a la pérdida de productividad de la mujer) (Sousa, 2001, pág. 118). Sin embargo, la autora señala que para el caso de México, no existe información sobre el costo de las complicaciones de los abortos inseguros (atención médica, traslado, tiempo perdido de espera, pérdida de trabajo, falta de cuidado de los hijos/hijas, falta de trabajo en el hogar, para la mujer y la sociedad); tampoco para los costos de los servicios de atención a las complicaciones post-aborto (costos por paciente, monto de salarios perdidos por dejar de trabajar por incapacidad, gastos de bolsillo, medicamentos, ni el gasto anual que comparten en este rubro el sector privado (IMSS y SSA) y el privado, etcétera) (Sousa, 2001, pág. 118).

d) La sociedad: en cuanto a los costos para la sociedad que el aborto clandestino provoca, estos se suman desde los gastos de bolsillo, de los recursos públicos en los sistemas de salud, de hospitalización, por pérdida de productividad, hasta la muerte y los gastos funerarios, etcétera. En suma, los gastos que cada uno de los actores de la economía realizan, es decir, todos los anteriores (Sousa, 2001, pág. 118).

En cuanto a su contexto de legalidad, la autora analiza el aborto como un problema derivado de su mercado informal. Esto implica que, en México, la mujer que decide abortar fuera del Distrito Federal debe considerar ingresar a un “mercado negro de servicios de aborto”, caso que implica que esta práctica genere una serie de “distorsiones que no se presentarían si el aborto no fuera clandestino.” Algunas de estas distorsiones son abordadas por Sousa (2001, pág. 119):

1. Mayor costo de los servicios: el resultado del mayor costo de los servicios se deriva de la ilegalidad del aborto; los proveedores, principalmente los médicos establecidos, tienden a cobrar más debido al riesgo que corren al realizar tal operación ilegal. De acuerdo con Sousa, los precios varían de acuerdo al proveedor de la siguiente manera:

a) Médicos con licencia de desempeño profesional cobran los precios más altos debido a que el riesgo de ser descubiertos y sancionados es mayor.
b) Médicos tradicionales que también operan clandestinamente son el segundo tipo de proveedor más caro.
c) Enfermeras o parteras son el tercer grupo de proveedores en cuanto a su costo.
d) Proveedores sin entrenamiento ni conocimientos médicos proporcionan los precios más bajos y al mismo tiempo, el mayor riesgo.

A su vez, el costo varía dependiendo de la percepción que el proveedor tenga acerca de las posibilidades económicas de la mujer (sean ciertas o no) debido a la informalidad del mercado que permite diferentes precios por un mismo servicio.

2. Problemas de acceso: la manera en que el mercado informal opera, genera que exista una disparidad en cuanto a la accesibilidad a servicios confiables y efectivos para las mujeres dependiendo de sus posibilidades sociales, culturales y económicas. Las mujeres de zonas urbanas con mayores recursos financieros, generalmente tienen un mayor acceso a la información que les permite conocer y considerar una gama de opciones más amplia en cuanto a procedimientos de mejor calidad, más seguros y efectivos, incluso cuando estos no son de alto costo, como el caso de la prostaglandina/misoprostol[19]. En cambio, las mujeres que habitan en zonas rurales y pobres comparten niveles de educación más bajos y un menor acceso a la información acerca de los métodos más efectivos; además, no cuentan con los recursos económicos necesarios para solventar los gastos de los servicios de un aborto seguro, viéndose obligadas a recurrir a métodos alternativos/autóctonos que aumentan el riesgo de daños a su salud. Por otro lado, Sousa señala cómo otro de los factores que complican el acceso a los servicios de aborto, es la edad: “Con frecuencia las adolescentes tienen escaso acceso a la información y a los servicios que podrían ayudarlas a evitar embarazos no deseados, y tienen menos contactos y recursos económicos que las mujeres mayores para obtener abortos seguros. […][20] ” (OMS 1999, citado en Sousa, 2001, pág. 120)

3. Métodos de aborto: la autora realiza una clasificación de los tipos de métodos abortivos que se conocen y cuáles son sus proveedores más comunes para plantear una idea acerca de las variantes establecidas en el mundo respecto al aborto clandestino. Los clasifica de la siguiente manera (Sousa, 2001, págs. 121-123):

A. MÉTODOS ALÓPATAS

Procedimientos médicos

a) Quirúrgicos
-Aspiración Eléctrica (AE)
-Aspiración Manual Endouterina (AMEU)
-Legrado Uterino Instrumental (LUI)[21]
-Regulación Menstrual[22]

b) Farmacológicos

-Hormonales (orales/inyectados): Mifepristone (RU486), estrógenos, progesterona y gonadotropina crónica.
-No hormonales (orales/inyectados): Prostaglandina/misoprostol (Cytotec), methotrexate y oxitocina.

c) Mecánicos

-Dispositivo Intrauterino (DIU)[23]

Proveedores más comunes

a) Proveedores con conocimientos médicos adecuados. Médicos ginecobstetras (sic), médicos generales, enfermeras y parteras con entrenamiento.

b) Proveedores con pocos conocimientos médicos. Estudiantes de medicina, de enfermería y ayudantes de hospital.

Lugares más comunes

Hospital privado, pequeñas clínicas clandestinas, consultorios, farmacias y casa del proveedor.

B. MÉTODOS ALTERNATIVOS NO ALÓPATAS

Procedimientos alternativos mecánicos y químicos

a) Instrumentales (intrauterinos): sonda o catéter, alambre, agujas, varas y objetos punzantes.

b) Químicos o minerales (intrauterinos): sales de plomo, fósforo blanco, mercurio, estricnina, cerveza, jabón y vinagre.

c) Farmacológicos (orales/inyectados): laxantes, quinina y licor.

Procedimientos alternativos tradicionales autóctonos

Vegetales/naturales (orales/vaginales): tés, aceites, esencia de perejil, zopacle, ruda, enebro, tuya, azafrán, conzuelo, zenteno, barbasco, y otro tipo de brebajes utilizados según la región.

Procedimientos alternativos físicos

Actividad física excesiva, golpes en el útero, caídas, cargar objetos pesados y masajes abdominales.

Proveedores más comunes

a) Practicantes de medicina tradicional o empíricos que por su cultura y tradición realizan este tipo de procedimientos, aun cuando no tienen los conocimientos médicos ni la experiencia suficientes para evitar efectos colaterales. Son los herbolarios, homeópatas, herberos y algunas parteras tradicionales que no han sido capacitadas.
b) Proveedores con pocos conocimientos médicos. Estudiantes de medicina, de enfermería y ayudantes de hospital.
c) La propia mujer.
d) Otra persona sin conocimientos médicos.

Lugares más comunes

Clínicas clandestinas, casa del proveedor, hotel y casa de la mujer.

4. Métodos, procedimiento y riesgos: los riesgos de padecer complicaciones varían dependiendo del método y del tiempo de gestación; a mayor tiempo de gestación mayor el riesgo para la salud de la mujer, sin embargo, no siempre es posible saber el nivel de seguridad del método elegido ya que también depende de la propia salud de ésta antes de realizar el aborto. Empero, los métodos médicos tienden a ser más costo-efectivos, es decir, que son métodos más seguros y efectivos y, a la larga, resultan menos costosos ya que generan menos complicaciones, son menos dolorosos para la mujer, consumen menos recursos del sector salud y su tiempo de recuperación es más corto (Sousa, 2001, pág. 123). Sobre los niveles de seguridad de la práctica del aborto, Sousa recurre a un artículo acerca de los riesgos de aborto en Egipto y su economía, donde se plantean tres categorías (Sousa, 2001, págs. 123-124):

a) Servicios seguros de aborto: disponibles para mujeres con recursos económicos suficientes para cubrir los gastos, realizados por médicos especialistas quienes a su vez practican métodos médicos.
b) Servicios menos seguros de aborto: disponibles para mujeres de zonas urbanas de escasos recursos, los proveedores realizan por sí mismos todo el procedimiento, incluso cuando anestesia es requerida. El método utilizado varía entre quirúrgico o alternativo mecánico y químico, se realiza en clínicas clandestinas.
c) Servicios de aborto inseguros: disponibles para mujeres que habitan zonas rurales y pobres. Suele practicarse por la misma mujer o practicantes sin conocimientos médicos utilizando métodos tradicionales/autóctonos.

Para el caso de América Latina, Sousa rescata información de The Allan Guttmacher Institute de 1996 donde se señala que entre 50 y 60% de las mujeres que sufren complicaciones tras realizarse un aborto acudieron a los servicios menos seguros, entre el 20 y 30% acudieron con parteras o enfermeras entrenadas y alrededor del 14% fueron atendidas por un médico (Sousa, 2001, pág. 124). La autora hace un listado de las complicaciones que un aborto mal practicado puede acarrear para la mujer y las divide en aquellas de corto y mediano plazo, y otras de largo plazo. Dichas complicaciones son (Sousa, 2001, págs. 124-125):

1. Complicaciones de corto y mediano plazo: se pueden observar inmediatamente después de que se realizó la intervención abortiva y son: a) perforación uterina, b) choque anafiláctico[24], c) laceración del cuello uterino, d) hemorragia, e) muerte.

Otras se pueden presentar durante el primer mes posterior a la intervención y son: a) aborto incompleto, b) aborto séptico, c) hemorragia e inflamación pélvica y d) muerte.

2. Complicaciones de largo plazo: divididas en cuatro, la autora señala las siguientes: a) infertilidad secundaria: esterilidad tubérica[25], cambio en la incompatibilidad de sangre o sensibilización del RH, síndrome de Asherman (adherencias intrauterinas) y muerte; b) riesgos futuros: aborto espontáneo, embarazo ectópico (fecundación fuera del útero), nacimiento prematuro o de bajo peso en el recién nacido, placenta previa o desprendimiento prematuro; c) infertilidad irreversible (histerectomía) y d) trastornos psicológicos: psicosis, depresión, psiconeurosis, culpa, confusión, disminución de la autoestima[26].

A partir de la información recabada en su investigación, Sousa plantea que la despenalización del aborto es la vía más factible para reducir los costos sociales mencionados, detener el mercado informal de los servicios de aborto y aumentar la seguridad, control y calidad de los mismos; disminuir la tasa de mortalidad materna por aborto, además de que esto bajaría la demanda de abortos en periodos de gestación avanzada[27]. Sin embargo, Sousa es clara al decir que esto no es sólo una cuestión de legislación sino que se trata de un verdadero cambio cultural, social y conceptual, mismo que se aborda en esta investigación. Aunado a esto concluye con la importancia que una efectiva educación y acceso a la información sobre sexualidad, métodos anticonceptivos y su uso correcto tendría para la disminución de embarazos no deseados, considerando que en América Latina, uno de cada tres embarazos no deseados concluye en aborto (Sousa, 2001, pág. 128).

Religión y política

En cuanto a la literatura relacionada a la religión y la política, se retoma el trabajo de Ubaldi Garcete (2003), en el cual, la autora analiza los discursos políticos de campaña de Vicente Fox Quesada del año 2000, rescatando declaraciones importantes como “Creo en la vida desde el momento de la concepción”[28], la cual fijaba una postura antiabortista que se reafirmó a través de una carta[29] dirigida a la Conferencia del Episcopado Mexicano donde el ex Presidente señalaba: “Promoveré el respeto al derecho a la vida desde el momento de la concepción hasta el momento de la muerte natural” (Ubaldi Garcete, 2003, pág. 169). Dado que no sólo entonces la influencia de la Iglesia Católica sobre el Estado mexicano ha sido evidenciada[30] ; para esta investigación es importante señalar que actualmente el discurso religioso continúa influyendo en la agenda política del país, impidiendo la toma de decisiones que no afecten los derechos de las mujeres y que respeten la laicidad del Estado mexicano.

Claro que no sólo existen propuestas en favor de la despenalización del aborto. En la revisión de la literatura, se encontraron trabajos que abordan la problemática del aborto desde una postura religiosa (católica). Argumentando cuestiones que tienen que ver más con lo dogmático que con lo científico y social. Aborto y sociología: en torno a un artículo del señor Hernández de Jesús M. de Miguel (1978) es un texto realizado para cuestionar la validez, desde el campo de la sociología, de otro escrito en relación al aborto[31].

En este artículo, de Miguel señala que el trabajo metodológico del autor en cuestión es criticable ya que argumenta, no es una metodología sociológica apropiada. Señala que las opiniones que Hernández recoge son tomadas en su mayoría de varones resueltamente opuestos a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). Se critica que únicamente en tres casos se cite a una mujer y señala cómo en los tres casos el resultado sea en favor de la IVE. De Miguel dice que las opiniones que recoge Hernández, son consideradas discursos de autoridad, verdades, en lugar de analizarlas como discursos ideológicos. Para de Miguel, este tipo de procedimiento "anula cualquier análisis sociológico del tema, e incluso se convierte en lo contrario: en una muestra más de ideología antifeminista y sexista" (de Miguel, 1978, pág. 172).

Igual que en la mayoría de los artículos consultados el tema de la influencia religiosa en la temática del aborto es un punto importante para el autor debido a las argumentaciones de carácter dogmático. El autor critica que, para realizar su trabajo, Hernández acuda a fuentes de autores “representantes extremos de la ideología del Opus Dei; que es uno de los grupos del mundo más atrasados en sus actitudes sexuales” (de Miguel, 1978, págs. 172-173). Es importante señalar que si bien es difícil emprender una investigación que sea ciento por ciento objetiva, para de Miguel es inaceptable que el poder de un discurso como el religioso sea el que marque la línea de un estudio supuestamente sociológico e imparcial respecto al aborto. En este sentido, la importancia de los discursos recae en que a pesar de que la intención sea actuar fuera de éstos, las ideas de los individuos/individuas son inevitablemente permeadas por sus discursos dominantes; es decir, una persona que en su vida cotidiana adopta ciertos discursos respecto a diferentes maneras de concebir el mundo que le rodea, difícilmente puede deshacerse de estos para realizar alguna actividad que ponga en duda dichos discursos. Para la presente investigación, se resaltará que es el mismo principio el que aplica al momento de legislar respecto al tema de la despenalización del aborto en México; al hacerlo bajo una falsa imparcialidad, quienes legislan lo hacen bajo la influencia de discursos dominantes, situación que es menester cambiar.

Siguiendo la veta religiosa, un artículo de Catalina Bermúdez Merizalde Doctrina de la Iglesia y despenalización del aborto: algunas reflexiones (2005) trata el debate sobre la despenalización del aborto en Colombia. La autora habla del aborto como parte de una “cultura de muerte” que viola sistemáticamente el derecho a la vida y cualquier principio moral fundamental y que

[…] conduce inevitablemente a una progresiva ofuscación de la conciencia y al materialismo práctico, en el que se alimentan y difunden el individualismo, el utilitarismo y el hedonismo. De este modo, los valores son sustituidos por los del tener, o los del placer. El único fin que cuenta es el bienestar material, la calidad de vida, interpretada como eficiencia económica, consumismo desenfrenado, rechazo de toda forma de sufrimiento, para terminar instrumentalizando la sexualidad, la convivencia y, en definitiva, la persona humana y la norma moral que permite distinguir entre el bien y el mal.[32] (Bermúdez Merizalde, 2005, pág. 104)

Bermúdez afirma que siguiendo el Catecismo de la Iglesia Católica,

[…] la vida humana es sagrada, porque desde su inicio comporta la acción creadora de Dios y permanece siempre en especial relación con el Creador, su único fin. Sólo Dios es Señor de la vida desde su comienzo hasta su término; nadie, en ninguna circunstancia, puede atribuirse el derecho de matar de modo directo a un ser humano inocente” (Bermúdez Merizalde, 2005, pág. 105).

A partir de dicha declaración respecto al derecho a la vida, la autora sostiene una serie de argumentos que buscan explicar por qué el aborto no puede ser considerado un derecho humano de las mujeres y por el contrario, ‘la vida’ del producto debe ser más importante que la salud y vida de la mujer. En esta obra, la autora parece suponer que todo embarazo llevado a término culminará en un individuo/a gozoso/a de todo mínimo cuidado para satisfacer sus necesidades y sano desarrollo; así como de todo mínimo cariño. Al mismo tiempo, parece que algunas de las consecuencias que un embarazo no deseado puede acarrear, como los posibles casos de abandono y descuido, la imposibilidad económica, social y psicológica de la madre para brindar una buena crianza (a pesar de la buena intención), o la ausencia de una figura paterna, no llaman la atención desde esta perspectiva. Existe una clara aceptación del sufrimiento, el sacrificio, la ineficiencia económica, etcétera, en aras de la satisfacción del cumplimiento de un deber moral dogmatizado; es decir, la vida del ‘inocente’ después del embarazo no es una preocupación mayor cuando se debate la despenalización del aborto desde la perspectiva católica.

[...]


[1] Al hacer referencia a un discurso religioso, me refiero particularmente al proclamado por la Iglesia Católica y Apostólica, la cual, según datos del censo de población 2010, realizado por el INEGI, representa al 89.3% de la población mexicana (ver tabla 1), además de ser el que sostiene abiertamente una lucha en contra del aborto.

[2] “Patriarca del griego patriárchees: de patria, descendencia, familia, y archoo, mandar. Desde el siglo XVII se usa con el significado de dignidad de patriarca, aunque desde el XIII hace referencia a su territorio y a su gobierno. Como sistema social ha quedado plasmado en nuestra lengua como “la organización social primitiva en que la autoridad se ejerce por un varón jefe de cada familia, extendiéndose este poder a los parientes aun lejanos de un mismo linaje”” (Alonso, 1982, pág. 3177, citado en Lagarde y de los Ríos, 2014, pág. 87) . En el capítulo I se profundizará más acerca del patriarcado.

[3] A lo largo de esta tesis he decidido incluir ambos, el masculino y femenino de los conceptos de individuo/a y sujeto/a, ya que considero relevante el uso de un lenguaje incluyente dentro de la academia. Si bien comprendo que pueda surgir resistencia al uso del concepto en femenino, considero que la transversalización de la perspectiva de género comienza con el uso del lenguaje. Además, y a manera de justificación, la Real Academia de la Lengua Española, en su definición para ambos conceptos, agrega su forma en femenino; por lo que no existe un motivo (salvo excluyente) para no nombrar a la individua cuando se habla de ésta.

[4] “[…] ningún discurso existe con independencia de otros, nunca un discurso existe por sí mismo sin estar anclado en algún otro. […] Este fenómeno se conoce con el término intertextualidad […]” (Íñiguez Rueda, 2003, pág. 107)

[5] Para consultar dichas leyes, ver anexos.

[6] Según datos del 2004 ofrecidos por este artículo, cada año en Brasil 250 000 mujeres sufrían de complicaciones relacionadas a abortos mal practicados; estos datos son contrastados con los de E.E.U.U. (país donde el aborto es legal) donde la mortalidad materna en relación a abortos inducidos era entonces de 0.6 por cada 100 000 casos (Pattaro Amaral, 2009)

[7] Ver tabla 2.

[8] Revisar el subtítulo Análisis interno de la legislación actual, en el cual la autora analiza el capítulo VI del Código Penal para el Distrito Federal, artículos 329, 330, 331, 332, 333 y 334 (Nettel D., 2001, págs. 93-101).

[9] No se desglosarán dichos conceptos en el Estado del Arte ya que estos serán igualmente definidos en el capítulo I. Para consultar dichas definiciones específicas puede acudirse directamente a la obra (Arámbula Reyes, 2008, págs. 1-2).

[10] La autora hace una distinción en la clasificación del aborto: Espontáneo o Inducido; y los tipos: Legal o Ilegal (Arámbula Reyes, 2008, pág. 6)

[11] CPEUM: Artículo 14. CCDF: Artículo 22. LGSDF: Artículo 6, Artículo 16 BIS 8. CPDF: Artículos 144, 145, 146, 147 y 148. (Todos los anteriores relacionados al aborto y a la defensa de la vida)

[12] Ver tabla 3 (Arámbula Reyes, 2008, pág. 30)

[13] La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada el 10 de diciembre de 1948. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por México el 23 de marzo de 1981 y publicado en el Diario Oficial el 20 de mayo de 1981. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por México el 23 de marzo de 1981 y publicado en el Diario Oficial el 12 de mayo de 1981. La Convención de los Derechos del Niño, adoptada el 20 de noviembre de 1989, ratificada por México el 21 de septiembre de 1990 y publicada en el Diario Oficial el 25 de enero de 1991. La Convención Americana sobre Derechos Humanos, adoptada el 22 de noviembre de 1969, ratificada por México el 24 de marzo de 1981 y publicada en el Diario Oficial el 7 de mayo de 1981. La Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, adoptada el 7 de noviembre de 1967.

[14] Ver tablas 4 a 13 (Arámbula Reyes, 2008, págs. 45-48). Para ver los contenidos de las tablas por país, acudir a la obra. (Arámbula Reyes, 2008, págs. 32-44)

[15] Para ver las tablas comparativas por continente, acudir a la obra (Arámbula Reyes, 2008, págs. 50-69)

[16] Ver tabla 14.

[17] Si bien la investigación se sitúa en el año 2000, considerando que para entonces el Distrito Federal (ahora Ciudad de México) todavía no despenalizaba el aborto, la información proporcionada es actual para el resto del país.

[18] Además, la autora rescata una cita de la OMS de 1999 referente a la situación de mujeres casadas y con hijos, en la que “los problemas y padecimientos de salud relacionados con las consecuencias de un aborto pueden interferir con el trabajo doméstico de la mujer, reducir su capacidad para cuidar a sus hijos y afectar sus relaciones sexuales.”

Y de las adolescentes: “[…] A pesar de que la cantidad total de abortos practicados en adolescentes es menor que la cantidad practicada en mujeres mayores, las jóvenes sufren complicaciones por el aborto, desproporcionadamente mayores: en muchos países las adolescentes constituyen la mitad o más de las mujeres hospitalizadas por abortos inseguros” (Sousa, 2001, pág. 116)

[19] “Sustancia farmacológica que se utiliza para tratar principalmente problemas gastrointestinales, pero que se ha identificado como un medicamento abortivo efectivo y barato” (Sousa, 2001, pág. 120)

[20] “Cada año dan a luz unos 16 millones de adolescentes de entre 15 y 19 años. Los bebés nacidos de madres adolescentes representan alrededor del 11% de los nacimientos del mundo, y el 95% de estos se producen en países en desarrollo. En los países de ingresos bajos y medianos, las complicaciones relacionadas con el embarazo y el parto son una de las principales causas de muerte entre las adolescentes de este grupo de edad, y se calcula que en 2008 se llevaron a cabo tres millones de abortos peligrosos entre esas jóvenes” (OMS, 2013b)

[21] “La Aspiración Manual Endouterina (AMEU), la Aspiración Eléctrica (AE) y el Legrado Uterino Instrumental (LUI), son los métodos utilizados en las prácticas de aborto legal. El AMEU y el AE son igual de efectivos y, comparándolos con el LUI, son más costo-efectivos, sin embargo se han identificado métodos farmacológicos que son igual de efectivos y seguros para provocar un aborto, como el RU486” (Sousa, 2001, pág. 121)

[22] “Método utilizado para determinar si una mujer está o no embarazada. Se practica como método de aborto en países en desarrollo como la India. El procedimiento consiste en la aspiración manual del útero utilizando jeringa y cánula” (Sousa, 2001, pág. 121)

[23] A pesar de que la autora añade el Dispositivo Intrauterino (DIU) a los métodos abortivos, según el IMSS éste “es un método anticonceptivo seguro y eficaz que sirve para evitar temporalmente un embarazo. Está elaborado de plástico flexible. El DIU de cobre tiene una rama vertical y una horizontal a manera de T. La rama vertical está rodeada de un alambre de cobre, que impide el paso de espermatozoides. Se coloca dentro de la matriz, mediante un tubo insertor especialmente diseñado para ello. […] La acción anticonceptiva del Dispositivo Intrauterino de cobre se encuentra limitada a la cavidad uterina. La función del Dispositivo Intrauterino de cobre es principalmente impedir el encuentro del óvulo y el espermatozoide. Reduce la posibilidad de que el espermatozoide fertilice al óvulo.” (IMSS, 2015)

[24] “Disminución anormal de la sangre circulante al corazón, que limita su correcto funcionamiento, causado por hemorragia o infección” (Sousa, 2001, pág. 124)

[25] Esta se refiere al daño causado generalmente por infección de las trompas de Falopio, el cual las obstruye, impidiendo la unión entre el óvulo y el espermatozoide. (Llácer, 2013)

[26] Estos trastornos suelen aparecer inmediatamente después del procedimiento pero su duración no suele ser continua salvo en los casos que ya presentaban problemas psiquiátricos/psicológicos antes del aborto; y según Sousa, están relacionados directamente con el tipo de método que se utilizó, por lo que entre más inseguro el procedimiento, mayor trauma en la mujer (Sousa, 2001, pág. 125). Si bien la autora subraya que es difícil atribuirle de manera definitiva estos síntomas a la experiencia del aborto en el caso de México, ya que su bibliografía consultada pertenece a estudios en otros países, y señala que hace falta información al respecto para nuestro país y el resto de América Latina, es sabido que los estigmas a los que las mujeres se enfrentan después de haber abortado, ya sea por la familia, amistades, su pareja, sus compañeros/compañeras de trabajo, y la comunidad en general, afectan directamente su estado mental, emocional y social. Sin embargo, según el GIRE, está comprobado que el aborto per se no ocasiona ningún problema psicológico inevitable, dice: “Diversas investigaciones científicas han comprobado que los efectos psicológicos de la interrupción de un embarazo no deseado dependen en gran medida del contexto legal, cultural y familiar en el que la mujer toma la decisión, de la atención —profesional o no— que reciba y del carácter —seguro o no— del procedimiento, en términos sanitarios. Es más, las posibles consecuencias emocionales del aborto pueden ser benéficas para la mujer, si el aborto se realiza de manera legal y segura y si las personas cercanas afectivamente apoyan su decisión. Por el contrario, quienes se ven obligadas a interrumpir un embara­zo en la clandestinidad corren más riesgos de sufrir consecuencias psicológicas y físicas negativas. Además, para una mujer que toma la decisión de poner fin a un embarazo no deseado, puede ser muy traumático que se le impida interrumpirlo” (GIRE, 2010)

[27] Este punto es importante ya que la presente investigación pretende apelar en favor de la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 12 semanas de gestación, periodo en que el feto no es viable fuera del útero.

[28] La autora hace referencia al diario Excélsior, 24 de febrero del 2000. (Ubaldi Garcete, 2003, pág. 169)

[29] El contenido de la carta es confirmado en un artículo de La Jornada, domingo 7 de mayo del 2000 también citado por Ubaldi Garcete (2003, pág. 169)

[30] En 2004, una nota de la página web católica, Catholic.net, se lee “Al menos 4 obispos mexicanos denunciados por «meterse en política» […] La Secretaría de Gobernación, encargada de los asuntos religiosos, ha enviado ya un apercibimiento a la Conferencia del Episcopado Mexicano para que «limite» la participación política de los obispos.” (Zenit , 2004). En 2011, una nota de El Universal (2011) hace referencia a una supuesta “llamada del Papa para influir el voto de la SCJN sobre el aborto” la cuál fue sugerida en declaraciones por el obispo de Mexicali, Isidro Guerrero. Además, una nota del portal en línea de CCN México (CNN México, 2014) señala que ““En el caso del estado de Guerrero, la Iglesia afirma que una propuesta presentada este mes para despenalizar el aborto es “contraria” a la Constitución y tratados internacionales […]. “En un escrutinio riguroso, el proyecto legislativo del Ejecutivo local es una cortina de humo, un ardid y distractor cargado de los clichés y mañas populistas encubridoras del gobierno que olvidó a sus mujeres, de la realidad del Estado castigado, hambriento, empobrecido y depredado por los responsables del bien común”, según el editorial en Desde la fe.”

[31] Dicho artículo pertenece a G. Hernández Rodríguez, Actitudes y criterios sobre la planificación familiar y el aborto, publicado en REIS, 1978, 1, págs. 205-249 (de Miguel, 1978, pág. 171)

[32] A pesar de lo absurdo que parece, estas son las consideraciones de la autora a partir del Catecismo de la Iglesia Católica y pueden ser considerados como ejemplo de los planteamientos del discurso religioso católico.

Excerpt out of 289 pages

Details

Title
Análisis Crítico del Discurso sobre la penalización del aborto y los derechos humanos de las mujeres
College
Autonomous University of Queretaro
Course
Sociology
Grade
9.0
Author
Year
2016
Pages
289
Catalog Number
V367446
ISBN (eBook)
9783668508972
ISBN (Book)
9783668508989
File size
2175 KB
Language
Spanish; Castilian
Notes
All members of the committee voted unanimously on the final verdict upon this thesis.
Keywords
gender studies, estudios de género, violencia institucional, institutional violence, aborto, abortion, human rights, derechos humanos, sociología, sociology, critical discourse analysis, feminismo, feminism, México, análisis crítico del discurso, español, spanish, biopolítica, biopolitics, biopoder, biopower, derechos sexuales y reproductivos, sexual and reproductive rights
Quote paper
Pamela Erin Mason (Author), 2016, Análisis Crítico del Discurso sobre la penalización del aborto y los derechos humanos de las mujeres, Munich, GRIN Verlag, https://www.grin.com/document/367446

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